2023-03-24

353.- La culpa


Autor: Bernat

El libre albedrío es un concepto vacío que no tiene sentido puesto que no puede escapar de la tautología a la hora de definirlo. Ni siquiera los diccionarios se ponen de acuerdo en su definición, y ni siquiera las propias personas que intervienen en un debate sobre él pueden definirlo de forma concreta y concisa. Se pretende que el libre albedrío consista en la capacidad de obrar o de no obrar por propia voluntad, pero el concepto “voluntad” incurre, otra vez, en una tautología al pretender implicar la libertad de acción.

El único concepto válido para libertad es “la ausencia de obstáculos que impidan llevar a cabo nuestros gustos, deseos o preferencias”. Pero el libre albedrío va mucho más allá de la mera libertad o ausencia de obstáculos para realizar nuestros deseos, sino que implica algo imposible: la culpabilidad. Y es que la culpabilidad es otro de esos conceptos indefinibles y del que cualquier intento de definirlo incurre también en una tautología. Culpabilidad significa que alguien es culpable, y ser culpable significa que alguien tiene la culpa de haber cometido una mala acción. Pero debemos preguntar, otra vez, en qué consiste “tener la culpa”, y de ahí no salimos. Los juristas utilizan otro concepto que quizás nos ayude a entender la culpabilidad: la reprochabilidad. Aun así, dicho término tampoco puede definirse claramente. Por mi parte, lo definiría como la justificación para poder descalificar, insultar, agredir, en definitiva, para justificar nuestro odio, ira o venganza a partir de la cual, a su vez, se justifica el castigo.

Según el Diccionario Usual del Poder Judicial, se define reprochabilidad como “Carácter antijurídico de una acción que posibilita sancionar penalmente al autor por no haber actuado de otra manera, cuando tenía la posibilidad de hacerlo.” Ni siquiera los juristas pueden ofrecer una definición clara. Esa misma definición sigue incurriendo en alguna que otra gratuidad, tal como es la afirmación de que el autor podría haber actuado de otra manera. ¿Cómo saben los juristas que un individuo podría haber actuado de otra manera? Por otro lado, se dice que tal hecho “permite sancionar penalmente” al autor. Pero, ¿qué es lo que “permite” sancionar o castigar? Se supone que lo que permite sancionarlo es el hecho de ser culpable, con lo cual, volvemos al inicio.

Es incalculable la cantidad de malabarismos jurídicos y filosóficos que se escrutan entre los propios juristas y filósofos de derecho penal sobre ese tema. Es imposible llegar a un acuerdo por el hecho de que el origen de los conceptos “culpabilidad”, “reprochabilidad” o “castigo” son producto de los sentimientos viscerales, y no de un proceso racional.

All final, la culpa es un concepto forjado a partir de los múltiples sentimientos heredados de la evolución. Son todos los sentimientos que se encuadran dentro de la agresividad necesaria para defender las crías, las hembras, el territorio o los alimentos. En el ser humano, dichos sentimientos, se han sofisticado más, llegando a desembocar en venganza, sadismo o crueldad, sentimientos que difícilmente se encuentran en los animales.

El hombre, con todos esos sentimientos viscerales, necesita culpables para poder satisfacer sus ganas de reprochar, castigar, en definitiva, de satisfacer el odio, la ira, la rabia, incluso poder justificar la venganza. Pero, no es menos cierto que, a lo largo de la historia, toda esa agresividad ha servido para amedrentar la conducta no deseada de los otros, y eso es lo que se convirtió en el “castigo”. Si el hecho de agredir, sea verbalmente o físicamente, a alguien servía para disuadirlo en un futuro de cometer un acto no deseado por la sociedad, esa agresión se practicaba con la doble finalidad de satisfacer los sentimientos agresivos, por una parte, y la evitación de la repetición de los actos delictivos, por otra. No existe la culpa, por tanto, tal como la conocemos, sino que existe como justificación para reprochar la mala conducta pero desde esos sentimientos morbosos que satisfacen las pasiones más bajas en el ser humano. Pero también es cierto, que el concepto “culpabilidad” se hace necesario a la hora de aplicar los castigos que impone la ley. Necesitamos una terminología jurídica que utilice ese concepto aunque sólo exista teóricamente.

Toda esa argumentación prescinde por completo de otro hecho que, por sí mismo, elimina la culpabilidad, tal como es el determinismo. Pero, como la existencia de causas detrás de cada acción humana es, por ahora, imposible demostrarlo, me he permitido buscar otra vía de razonamiento para desmantelar tanto el concepto de libre albedrío como el de culpabilidad. De hecho, no se necesita que el determinismo sea cierto para eliminar el libre albedrío y la culpabilidad, tal como he demostrado, puesto que ambos son conceptos tautológicos que no se pueden definir con precisión, por lo que no tienen un contenido semántico claro y preciso, sino que resultan ser verdaderas “pseudoideas” o “paraideas”.

La necesidad de defender la sociedad de la delincuencia en general, a través de los sistemas jurídicos y penales, es la única justificación para el castigo. Y, además, dicha justificación prescinde tanto del libre albedrío como de la culpabilidad, puesto que tanto si el hombre es libre como si no, y tanto si es culpable como si no, no podemos dejar de castigar a los delincuentes e infractores de la ley como mecanismo de defensa social. El libre albedrío no justifica el castigo, sino que se funda en una falsa idea heredada de tiempos pasados pero que se hace necesaria para aplicar la “justicia divina” y sus correspondientes castigos más allá de la muerte. Sin el libre albedrío, el cristianismo, y cualquier religión basada en el castigo, queda hecha añicos. No obstante, insisto en que tanto con libre albedrío, como sin él, ningún castigo divino puede tener razón de ser si no tiene como finalidad la defensa de la sociedad, pero como el castigo divino se aplica más allá de la muerte, queda fuera de dicha finalidad de defensa, por lo que se convierte en una verdadera aberración al constituir un acto de crueldad inútil y, por tanto, perverso.


16 comentarios:

  1. El castigo divino es especialmente absurdo. Tanto, que la religión más avanzada filosófica y socialmente, recientemente está reculando; no defiende el castigo eterno. Las otras religiones siguen retrasadas.

    ResponderBorrar
    Respuestas
    1. Cierto. El catolicismo, al menos, intenta salvar los muebles a través de sus continuos cambios teológicos:

      León XIII, en 1893, establece la regla de oro para la investigación bíblica según la cual es falsa, a priori, y debe ser rechazada inmediatamente por todo estudioso católico, cualquier interpretación o exegesis que niegue o contraríe la verdad revelada conforme a lo establecido por los dogmas y la tradición.

      Previamente, en el concilio de Trento (1546) “Es anatema quien no recibiere como sagrados y canónicos los libros mismos íntegros con todas sus partes, tal como se ha acostumbrado a leerlos en la Iglesia”

      En el “Syllabus erorum”(1864) Pío IX declara anatema a quien estimase que las profecías y milagros expuestos y narrados en las Sagradas Escrituras son ficciones de poetas y que en los libros de uno y otro testamento se contienen invenciones míticas.

      Finalmente, en 1902, León XIII, a través de la Pontificia Comisión Bíblica, declara que “no puede ponerse en cuestión el sentido literal histórico donde se trataba de hechos narrados (…) como son la creación de todas las cosas hechas por Dios al principio del tiempo, la peculiar creación del hombre, la formación de la primera mujer desde el primer hombre.”

      No obstante, en 1948, en una carta del Cardenal Suhard (por encargo del Papa)”…se declara a priori que los relatos del Génesis no contienen historia en el sentido moderno de la palabra, dejará fácilmente entender que no la contienen en ningún sentido, cuando en realidad cuentan en lenguaje sencillo y figurado, adaptado a las inteligencias de una humanidad menos desarrollada, las verdades fundamentales presupuestas en la economía de la Salvación, al mismo tiempo que la descripción popular de los orígenes del género humano y del pueblo elegido”

      -Se elimina el Limbo.

      -Se redefine el infierno: ya no es un lugar de tormento, crujir de dientes o de fuego, sino una simple “separación de Dios”

      -Se contradice lo que todavía se dice en el Catecismo oficial respecto del motivo divino de la creación: Mientras el Catecismo todavía dice que el mundo fue creado para la gloria de Dios, ahora se dice que Dios creó el mundo “en un acto de amor”

      -Ya no es Dios quien condena al hombre, sino que es éste quien “elige voluntariamente condenarse”

      -Y la última y más fresca, aunque no es oficial, es que en el infierno “no hay nadie”


      Borrar
    2. En anónimo anterior, soy yo.

      Borrar
    3. ...ahora se dice que Dios creó el mundo “en un acto de amor”

      La creación del gusano que se aloja en los globos oculares y ha cegado a miles de niños debe haber sido un acto de amor divino, entonces..

      Borrar
    4. Los fanáticos cristianos, ante esas desgracias, te dicen que todo el mal que hay en el mundo proviene del pecado de Adán y Eva que, como todos sabemos -y según la propia Biblia- solo ellos dos cometieron, pero que el capricho de Dios quiso que se extendiera a las inocentes futuras generaciones. Pero luego lo resolvió con el extraordinario recurso de la redención a través de un brutal sacrificio de su hijo. En fin...

      Borrar
  2. El castigo divino sirve como disuasivo. Un criminal podría burlar a la policía, pero nunca podrá eludir a la justicia divina.

    ResponderBorrar
  3. La única justificación para el castigo es la defensa de la sociedad a través de los sistemas jurídicos y penales. Una vez en "el más allá" ya no sirve de nada. En consecuencia, no existe ni puede existir "justicia divina" después de la muerte. Castigar a alguien cuando dicho castigo no tiene ninguna finalidad más que hacer sufrir inútilmente, es un acto de perversión al mismo nivel que el de cualquier castigo caprichoso de un tirano.

    ResponderBorrar
  4. "El castigo divino sirve como disuasivo. Un criminal podría burlar a la policía, pero nunca podrá eludir a la justicia divina."

    Pues vaya fracaso de disuasión.

    "Pero luego lo resolvió con el extraordinario recurso de la redención a través de un brutal sacrificio de su hijo. En fin..."

    Claro Bernat, pero encima resulta que el sacrificio del "hijo de Dios", no sirvió para una m.....
    Si no te bautizas puedes morir con el pecado, las guerras, crímenes, abusos, hambrunas, catástrofes, enfermedades, el "mal" en general, sigue igual que antes del "sacrificio" y que siempre en la historia de la humanidad, sólo cambian algunas formas, mismos perros, distintos collares, con perdón de los perros.

    Renzo

    ResponderBorrar
    Respuestas
    1. Exactamente, Renzo. El supuesto sacrificio de Jesús no sirvió para nada si hacemos caso a la teología católica, ya que sigues estando en peligro de morir con pecado mortal, por lo que tienes que estar confesándote cada dos por tres si no quieres que te presenten a Belcebú. Y, para más INRI -y nunca mejor dicho- del único pecado que nos redimió, fue del único que la humanidad no ha cometido. Si ya el propio mecanismo para salvación es una aberración, más aberrante es condenar a las generaciones futuras de un pecado que cometieron sus "primeros padres". Y luego se preguntan por qué hay ateos...

      Borrar
    2. Los hombres son culpables del pecado de Adán y las mujeres de la mentira de Eva. Esta culpa extendida por identidad la ha hecho suya el posmodernismo.

      Nota para los que vivís fuera de España: una Secretaria de Estado (miembro del gobierno español y no ha sido desmentida) recientemente ha dicho que los españoles son "bastante violadores".

      Borrar
    3. Me imagino que se trata de esos de "Podemos", que ha surgido de ese irracional posmodernismo, que no es más que una bazofia filosófica.

      Borrar
  5. "El castigo divino sirve como disuasivo. Un criminal podría burlar a la policía, pero nunca podrá eludir a la justicia divina."

    La evidencia no avala lo anterior. En EEUU, por ejemplo, los presos ateos serían alrededor del 0.1% de la población penal, una fracción muy inferior a la de los ateos del país. Es cierto que se trata de un problema multifactorial, que podrían existir otras razones (como nivel educacional o socioeconómico) detrás de la escasa presencia de ateos en las cárceles, pero el dato no deja de sorprender.

    https://onlysky.media/hemant-mehta/in-2021-atheists-made-up-only-0-1-of-the-federal-prison-population/

    Quizás la razón sea que, para muchos cristianos, el castigo eterno no depende tanto de la conducta, como de la creencia. Se va al infierno por negar a Dios o al "espíritu", lo que se conoce como el "pecado imperdonable". Pero en su "infinita bondad", Dios puede perdonar los crímenes más atroces siempre que se crea en él, que se tenga fe.

    ResponderBorrar
  6. Un poco de humor con el tema del infierno...

    Monologo divertido de Rowan Atkinson (mr. Bean) como el Diablo dando la bienvenida al infierno a un pintoresco grupo:

    https://www.youtube.com/watch?v=N4zKHL7OQ2Y

    Subtitulado en español.

    ResponderBorrar
  7. Es que los temas religiosos dan mucha opción para ser temas de humor. Sus paradojas, inconsistencias, contradicciones y burradas que se encuentran en esos temas, se prestan para una buena sátira, tal como ha hecho excelentemente Mr. Bean.

    ResponderBorrar

Ayuda: negritas, cursivas y enlaces